CUEMS

El Consejo Universitario de Educación Media Superior (CUEMS) se integrará en los términos del Artículo 72 de la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara. Sus atribuciones y funciones son las establecidas en el artículo 73 de la Ley Orgánica:

  1. Aprobar las normas académicas, administrativas y disciplinarias para el funcionamiento del Sistema, de conformidad con la normatividad universitaria vigente;
  2. Proponer la creación, modificación y supresión de dependencias del Sistema, de acuerdo a la normatividad que para el caso expida el Consejo General Universitario;
  3. Normar los criterios de ingreso, permanencia y promoción de los alumnos del Sistema;
  4. Conformar el Consejo Social del Sistema de Educación Media Superior;
  5. Aprobar los programas de docencia, investigación y difusión del nivel medio superior;
  6. Aprobar los programas de desarrollo institucional, planeación y evaluación del Sistema;
  7. Aprobar la propuesta del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Sistema, para someterla a la autorización del Consejo General Universitario y vigilar su correcto ejercicio;
  8. Normar los criterios para el reconocimiento de equivalencias, revalidación e incorporación de estudios a los programas académicos del nivel medio superior;
  9. Proponer al Rector General, una terna para elegir al Director General de Educación Media Superior cada tres años; y al Director General Interino o Sustituto, cuando se requiera por ausencias temporales o definitivas del titular;
  10. Designar al Contralor del Sistema, de una terna propuesta por el Consejo Social de Educación Media Superior;
  11. Elegir a los nueve representantes académicos, directivos y alumnos ante el Consejo General Universitario, de acuerdo, a lo establecido en el Estatuto General,
  12. Proponer al Director General del Sistema, las ternas para la designación de los directores de las dependencias y escuelas adscritas al Sistema de Educación Media Superior, asimismo proponer en su caso, a los directores interinos o sustitutos
  13. Las demás que establezca en su favor la normatividad universitaria.